Por: Alejandra Haukalluk. La violencia contra la mujer es una de las formas de violencia más graves y frecuentes en las sociedades actuales, es aquella que es ejercida por parte de un hombre hacia una mujer o niña, no distingue edades, etnia ni estatus social, y afecta todas las áreas de la vida de la persona presentándose en distintos tipos (violencia psicológica, física, laboral, sexual y simbólica), los cuales veremos desarrollados mas adelante.
Tiene un impacto muy amplio en la comunidad, ya que una mujer víctima de violencia se encuentra limitada en su desarrollo, lo que limita al mismo tiempo sus vínculos con familiares amigos y hasta hijos, convirtiéndose estos últimos también en víctimas de esa violencia machista, son quienes crecen naturalizando esta forma de vida y muchas veces la reproducen en su adultez. La violencia machista, entonces, además de perjudicar por completo la vida de la víctima directa, también tiene la posibilidad de crear hombres que posiblemente ejerzan violencia y mujeres con tendencia a la sumisión, dos características que, si bien pueden ser deconstruidas, son altamente perjudiciales para el individuo y sus relaciones.

En esta ocasión hemos tenido la oportunidad de entrevistar a una sobreviviente de la violencia, quien hoy se dedica a la prevención y educación, acompañando a las víctimas y brindando información sobre los derechos de las personas: Mariana Pizarro.
¿Cuál es tu lugar dentro del movimiento feminista en Misiones?
-Soy sobreviviente en Servicio. Sobreviví a la violencia y trabajo en educación y prevención de la violencia. Acompaño a personas en situación de violencia. Soy actriz, trabajo sobre problemáticas de derechos. Desde 2003 hago el espectáculo de Educación Sexual “Todxs con Concha” con la Dra. Concha Caribe Amor. Fui una de las fundadoras del Colectivo de Acción Contra las Violencias de Género.
¿Qué te impulsó a defender los derechos de las mujeres?
-Crecí en una dictadura, empecé a militar en 1984 a los 13 años, comienzos de la democracia. Siempre me enseñaron a defender los derechos humanos. Nunca aprendí en la escuela ni en la universidad nada sobre violencia de género. Fui víctima y sobreviví a muchas violencias, en Estados Unidos hice mi capacitación para trabajar como voluntaria en el Programa de Violencia Doméstica y Abuso Sexual de Jefferson County Whashington en el año 2000 y en el 2001 volví a Argentina y comencé a trabajar como voluntaria aquí. Solo una ciudadanía fuerte, comprometida y capaz de organizar redes de ayuda e intercambio puede frenar la violencia. El Estado solo da respuestas cuando la ciudadanía se organiza y defiende el acceso a los derechos. El primer derecho es conocer tus derechos, En eso la Educación Sexual Integral es fundamental. Igual que el pleno y efectivo cumplimiento del Art. 92 de la Ley Nacional de Educación.
¿A qué se considera violencia machista?
-Si nos basamos en el marco legal vigente en nuestro país la ley 26485 Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (Año 2009) dice en sus artículos 4, 5 y 6 ARTICULO 4º — Definición. Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.
Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.
ARTICULO 5º — Tipos. Quedan especialmente comprendidos en la definición del artículo precedente, los siguientes tipos de violencia contra la mujer:
1.- Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.
2.- Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación.
3.- Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
4.- Económica y patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:
- a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
- b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;
- c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;
- d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
- 5.- Simbólica: La que, a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
ARTICULO 6º — Modalidades. A los efectos de esta ley se entiende por modalidades las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos, quedando especialmente comprendidas las siguientes:
a) Violencia doméstica contra las mujeres: aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia;
b) Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil;
c) Violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral;
d) Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;
e) Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929.
f) Violencia mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
¿Existen rasgos que se repiten en el perfil de los diferentes agresores?
Los agresores pueden ser de muy variadas maneras, existen en todas las clases sociales y grupos de pertenencia (por edad, por religión por nacionalidad, etc.). Pueden ser personas muy sociables y líderes sociales, gente muy querida. El intendente de tu pueblo. Cualquiera. Puede ser una persona que amás mucho y que jamás pensaste podía hacerlo. Por eso es tan difícil para las víctimas aceptar que está en una situación de peligro y solicitar ayuda, y también por eso muchas familias son cómplices de los agresores y minimizan y justifican la violencia de los agresores.
¿Qué dicen los números en cuánto a femicidios registrados en nuestro país en lo que va del año?
Hasta el mes de abril. Al 21 de mayo ya había 42 Femicidios registrados durante la cuarentena. Estamos en un promedio de un Femicidio cada 27 horas.
¿Se ha registrado un incremento de casos desde el decreto de cuarentena obligatoria?
El número de denuncias ha bajado durante la cuarentena por las dificultades para hacer la denuncia y poder irse o alejar al agresor, entre otros factores. Los casos de violencia no han disminuido, las llamadas a las líneas de información y asistencia se han elevado. Los recursos del Estado no son suficientes para proteger y asistir a las personas en situación de violencia.
¿Existe algún organismo, grupo o red comunitaria que asista a las mujeres que sufren violencia machista?
Existen distintos teléfonos y organismos. Todas las personas en situación de violencia deben saber que tienen autorización para circular en busca de protección, para hacer denuncias, etc. Todas las comisarias tienen la obligación de tomar las denuncias. Si estás en una situación de violencia, no te quedes sola, busca ayuda. Muchas personas se encuentran en mayor peligro porque están aisladas con sus agresores. Todas las personas podemos llamar a emergencias y denunciar pidiendo se preserve nuestra identidad, si sospechamos que alguien ejerce violencia. De hecho, si la violencia se comete contra personas menores de edad, toda la ciudadanía tiene la obligación legal de denunciar y puede pedir que se resguarde su identidad. El momento más peligroso para las víctimas es cuando deciden denunciar o dejar a su agresor, tienen que tener un plan de seguridad y de emergencia y nunca decirle al agresor lo que piensan hacer. Si una persona que conoces está en una situación de violencia podés buscar formas disimuladas de enviarle mensajes. Nunca hay que subestimar la violencia y el peligro.
Los movimientos feministas y de lucha por derechos humanos y contra toda violencia son diversos y se organizan de muchas formas. Todas las organizaciones sociales y personas tienen un rol fundamental en tejer las redes que salvan vidas. Puede ser muy difícil no quedarse aislada y buscar ayuda. Es parte de la violencia que las víctimas sientan miedo vergüenza y culpa. Para muchas personas es difícil comprender como piensan y actúan las víctimas de violencia. Ellas negocian por su vida y son juzgadas y violentadas por muchas personas e instituciones. Esto se conoce como revictimizaciones. Escuchar, aprender, estar cerca es fundamental.
Denunciar es un derecho, pero no es una obligación. Cada situación es única y se debe acompañar a las víctimas con respeto para que pueda tomar sus propias decisiones.
Teléfonos de contacto para víctimas, o para quienes conocen a una víctima de violencia:
Línea Nacional 144 – 911 para Emergencias Línea Provincial 137
–WhatsApp 3764 249224
Si necesitas información sobre tus derechos sexuales y reproductivos, anticoncepción y aborto llama a la línea de salud Sexual del ministerio de Salud de la Nación. O a las Socorristas en red:
0800 222 3444 – Socorristas en red (misiones) 3764 530204
Abuso sexual infantil 0800 222 1717
¿Cómo comienza a aparecer la violencia dentro de la pareja?
Algunos modelos de análisis plantean la pirámide o el iceberg para explicar la violencia en forma estructural. Respecto a lo que sucede en las situaciones de violencia, se suele utilizar los modelos del ciclo de la violencia y espiral de la violencia. La Violencia se basa en el ejercicio del poder. En el centro del círculo está la negación, pero no siempre suceden de esta forma cíclica las situaciones de violencia. Puede pasar de 2 a 4 y volver a 2 y 4 sin pasar por 1 y 3. Puede que el agresor no ejerza violencia física sino psicológica, pero si la víctima intenta irse la asesina. Es difícil medir como escala la violencia.
Finalizando, para entender cómo la violencia puede destruirnos, aunque no sea física recomiendo este corto documental:
En los relatos de las sobrevivientes aparece frecuentemente la mención a que los golpes se curan con el tiempo, pero los insultos y las humillaciones no se olvidan. La violencia psicológica y emocional, deja huellas más profundas y es más difícil superar el daño que causan.



